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Villa de la Quebrada beneficia y fomenta la actividad de los artesanos

Luis Sissara, artesano
Foto archivo NotiNogo
(NotiNogo, 20-2-14) Así lo rubricó la Intendente a través de una Resolución Municipal que próximamente se convertiría en Ordenanza
Villa de la Quebrada habilitará un registro de artesanos y un paseo exclusivo que llevará un nombre en honor a la actividad; también beneficiará a los artesanos con un 50% de descuento sobre la Tasa municipal en concepto a dicho rubro para aquellos comercios que durante las Festividades Patronales de Nuestro Señor Cristo de la Quebrada comercialicen exclusivamente artesanías por ellos producidas y que se encuentren inscriptos en el RMA e instalados en el Paseo

Dice textual la normativa:


Villa de la Quebrada (S.L), 10 de febrero de 2014. Resolución Municipal Nº: 012- MVQ/14

Visto:
La gran convocatoria de artesanos que significa las Festividades Patronales de Nuestro Señor Cristo de la Quebrada, y;
Que dentro del ejido Municipal existen artesanos que comercializan habitualmente sus producciones, y;
Que los artesanos son promotores de la conservación de nuestras tradiciones, y;
Que esta Gestión Municipal ve la necesidad de promover esta actividad, facilitando la posibilidad de que los artesanos tengan su espacio propio durante las mencionadas Festividades y paralelamente apoyar mediante subsidios esta actividad, y;

Considerando:
Que existe una amplia legislación beneficiando esta actividad por parte de distintos Estados Provinciales, Municipales y el mismo Estado Nacional, y;
Que la Provincia de San Luis promueve la actividad artesanal mediante la Ley Nº 5634, y;
Que esta Gestión Municipal estima que es necesario fomentar y proteger la actividad artesanal por considerarla un pilar fundamental en la constitución de la identidad de nuestro pueblo, y;
Que esta Comuna no cuenta con una norma legal que defina claramente que se considera artesano, y que beneficios se le dará a esta actividad para conservarla y promoverla, y;
Que a pesar que nuestra Comuna cuenta con una rica historia de exquisitos artesanos no cuenta con espacio publico en donde se los honre, y;
Que Doña.................................................. fue una artesana que con su arte no solamente mantenía viva las tradiciones, sino que fue una maestra de su arte y una embajadora cultural de nuestra Comuna, ya que sus tejidos se pueden encontrar en distintos hogares diseminados por todo el país, y;
Que la Constitución Provincial y la ley de Régimen de Intendentes Comisionados dan sustento legal a los fundamentos expuestos y faculta al Intendente a tomar las medidas que se detallan en adelante.

Por ello:
La Señora Intendente Comisionada
de la Municipalidad de Villa de la Quebrada
en uso de sus atribuciones

RESUELVE:
Art 1º: La presente Resolución tiene por objeto facilitar y apoyar al desarrollo personal, organizativo y sectorial de los artesanos.
Art 2º: Definición de Artesano. Es todo trabajador que con su arte, sentimiento o ingenio refleja la identidad cultural y el sentir propio y autóctono de una determinada región, creando su obra por medio de su habilidad manual y representando una forma de vida, de trabajo y de productividad económica generadora sus ingresos ya el mismo comercializa su producción.
Art 3º: Definición de Artesanía. A los fines de la presente Resolución, se entiende por “Artesanía” a las modalidades de producción consistentes en actividades, destrezas o técnicas empíricas con dinamismo resolutivo y estético, mediante las cuales se obtienen objetivos no industriales a partir de materias primas en su estado natural y/o procesadas industrialmente, elaboradas manualmente y/o con recursos instrumentales en los que la actividad manual sea preponderante, y que expresan las características culturales, individuales o colectivas de sus productores.
Art 4º: En base a las definiciones anteriores, únicamente se consideran artesanos, a los fines de esta Resolución, a aquellas personas que comercializan productos elaborados manualmente con minima actividad industrial. conservando técnicas ancestrales y siendo ellos quienes comercializan sus propias producciones.
Art 5º: DECLÁRESE DE INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL la actividad de los artesanos.
Art 6º: DENOMÍNESE Paseo Doña xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, el cantero central del Boulevard xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en honor a todos los artesanos de la Comuna de Villa de la Quebrada.
Art 7º: Créese el en el ámbito de la Dirección Municipal de Turismo y las Culturas el Registro Municipal de Artesanos (RMA), donde se asentaran el nombre del artesano, su especialidad u arte, Numero de Documento, Dirección Legal, documentación probatoria o declaración jurada de ser Artesano en base a las definiciones establecidas en el articulado de la presente Resolución, en cuyo caso la Autoridad Municipal debe comprobar fehacientemente la veracidad de lo allí declarado, en caso de no poder cumplir con esta exigencia no se dará lugar a registrar al solicitante en el  RMA.
Art 8º: PROMUÉVASE la actividad de los artesanos con una reducción del cincuenta por ciento (50%) de las tasas municipales en concepto de inscripción de comercio nuevo o existente y de la obtención de la tarjeta de habilitación para aquellos comercios que comercialicen exclusivamente artesanías por ellos producidas y que se encuentren inscriptos en el RMA.
Art 9º: PROMUÉVASE la actividad de los artesanos con una reducción del cincuenta por ciento (50%) de las tasas municipales en concepto de rubro según el ANEXO II de las ordenanzas tarifarias vigentes para aquellos comercios que durante las Festividades Patronales de Nuestro Señor Cristo de la Quebrada comercialicen exclusivamente artesanías por ellos producidas, que se encuentren inscriptos en el RMA e instalados en el Paseo Doña xxxxxxxxxxxx de Villa de la Quebrada.
Art 10º: La Presente Resolución quedara automáticamente derogada al momento que la Legislatura de la Provincia de San Luis se expida sobre el proyecto de Ordenanza que sobre la materia elevara oportunamente el Ejecutivo Municipal de Villa de la Quebrada.

Art 11º: Notifíquese, publíquese, remítase copia al Programa de Relaciones Municipales y Asuntos Regionales y oportunamente archívese.





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