El acuerdo firmado el 12 de abril daba cuenta de que el Intendente debía emitir su repudio para hacer público en los medios de prensa con un plazo máximo de cinco días hábiles; debiendo entregar una copia a la denunciante y otra ante la oficina de INADI.
El 25 de julio se publicó en este medio la siguiente noticia: INADI: fracasaron las instancias conciliatorias entre Solá, Melián y Sigampa, En dicho articulo periodístico se explicó que La Dra. María Laura Cacace, asesora legal del INADI, dejó constancia de la actuación en la cual Silvana Sola manifiestó que, atento a que la Sra. Patricia Sigampa no compareció a la audiencia habiendo sido debidamente notificada, y que a su vez, el Intendente de Nogolí, Gustavo Melián no cumplíó con el compromiso asumido (en la audiencia conciliatoria 12 de abril), se de por fracasadas las instancias conciliatorias por falta de voluntad de los requeridos y se continué con la instrucción correspondiente.
Cinco días más tarde, el 30 de julio, el Comisionado de Nogolí se acercó al INADI con el repudio exigido por Sola. Pero como era de esperarse, no lo hizo del mismo modo ante la denunciante. El repudio formal institucional llegó a manos de ésta, vía correspondencia certificada enviada por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo dando así por finalizada esta instancia.
La denuncia sobre la situación reinante en Nogolí sobre estos temas, fue también presentada -en forma amplia y detallada- ante la Comisión de Derechos Humanos de la Provincia de San Luis, quien aún no se expidió sobre la misma; donde se manifestó además, todas las aristas que genera la no resolución de los problemas de fondo y su incidencia en el desarrollo de la comunidad del Dpto Belgrano