contadores web relojes pagina web

Caso Romina Aguilar: La Cámara del Crimen rechazó el planteo de Salomón

(NotiNogo, 31-3-17) La causa volvió nuevamente al Juzgado de primera instancia. El Dr. Cadelago Filippi tendrá otros 120 días para producir pruebas. El defensor del suspendido Intendente de La Calera criticó decisión del tribunal de alzada. 
La Cámara del Crimen Nº 2 de San Luis rechazó el pedido de aclaratoria presentado por el abogado defensor del viudo de Romina Aguilar y le dio la razón a Cadelago Filippi para continuar investigando. Salomón dice que se trata de una persecución política.


 
 Los miembros de la Cámara consideraron la petición del Juez de instrucción por entender que aun faltan en el expediente incorporar pruebas que quedaron sin producir, tales como la recepción de la totalidad de las declaraciones testimoniales y la realización de las pericias a los celulares. 

Como es habitual, el defensor de quien la Justicia acusa de ser el autor intelectual del crimen de su esposa, pronunció duras críticas tras conocer la decisión del tribunal:

1) La Cámara de Apelaciones en lo Penal le ha concedido al Sr. Juez de la causa una prorroga de 120 días.

2) Esa prorroga es la apertura de una persecución respecto a Diego Lorenzetti, ya que es irregular, ilegal, contraria a Derecho y violatoria de los Derechos y Garantías Constitucionales de su representado.

3) Esto es así, porque las prorrogas para la investigación de los hechos concluyeron el 27/12/2016 y a los fines de conceder una nueva prorroga extraordinaria, la única causa que podría invocarse era que las pruebas no eran suficientes para elevar la causa a Juicio Oral. (art. 261 del C.Pr.Crim).

4) Pero ni el Juez ni la Cámara fundaron sus pronunciamientos en la forma requerida. Mas aun el Tribunal de Alzada menciono dos artículos absolutamente contradictorios (art. 261 y art. 249 del C.Pr.Crim).

En definitiva, su defendido esta sometido a una investigación irregular e ilegal, en base a una arbitraria decisión de la Cámara Penal Actuante.

ARTICULO 261 del C.Pr.Crim.-Cuando las pruebas reunidas no sean las suficientes para disponer la elevación a plenario ni corresponda tampoco el sobreseimiento inmediato, el Juez podrá solicitar, por Auto fundado, a la Cámara que corresponda en lo Penal, Correccional y Contravencional, de oficio o a pedido fiscal, una prórroga extraordinaria de la instrucción, por única vez, de cuatro (4) meses como máximo, la cual podrá ser concedida, por auto fundado, cuando se presuma que se modificará la situación legal.

Por el asesinato de la mujer del intendente de La Calera, ocurrido en enero de 2016, hay tres detenidos con prisión preventiva: el marido, Diego Lorenzetti,  el brasilero Edivaldo de Oliveira Pereira y Leandro “Bocón” Vílchez. Este último, acusado de darle muerte a la Sra. Aguilr, está alojado en el penal de máxim seguridad de La Botija.
BannerFans.com