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El Diputado Riccardo propuso que se pague la deuda de aportes que necesitan para jubilarse los empleados de planes sociales

(14-8-14) Ayer, en el plenario de las comisiones de Previsión Social y de Presupuesto de la Cámara baja se emitió el dictamen sobre el proyecto impulsado por el Ejecutivo para extender la moratoria previsional, La iniciativa será motivo de debate en las próximas semanas en el congreso. El Dip. Nacional por San Luis José Riccardo, integrante de dicha comisión, presentó una modificación que -de aprobarse- beneficiaría a pasantes y empleados de Inclusión Social.

"El Gobierno Provincial debiera pagarle la deuda de aportes de los trabajadores del Plan de Inclusión y Pasantes que se Jubilen con esta Ley" afirmó el Diputado Jose Riccardo de San Luis quien dio apoyo a la ley de moratoria previsional que se trató esta tarde en las comisiones de seguridad social y presupuesto de hacienda, y realizó una propuesta de inclusión de un nuevo artículo en el cual se contempla que  a  los trabajadores del Plan de Inclusión sea el gobierno provincial quien les pague la deuda de aportes que necesitan para jubilarse, durante el tiempo que prestaron servicios para el estado provincial.

La propuesta del Diputado del Frente Amplio UNEN San Luis consiste en “Art. 6° bis: Cuando el trabajador incluya entre los períodos con deuda a regularizar algunos en los que hubiese sido beneficiario de un plan social que exigiese prestaciones de servicios personales a favor del Estado nacional, provincial o municipal, se le liquidará un cuarenta por ciento (40%) de esa deuda a su cargo, y el sesenta por ciento (60%) restante será asumido por la dependencia del Estado que se benefició con tales servicios.

El Diputado fundamenta su propuesta afirmando que “creemos que hay casos no contemplados, que intentamos cubrir con el propuesto art. 6° bis. Se trata de aquellos que en algún momento fueron beneficiarios de un plan de ayuda social, que incluía entre sus condiciones la prestación de algún servicio personal al Estado nacional, provincial o municipal.

Sabemos que tal actividad no configura una situación típicamente laboral, y por tanto no sujeta al pago de contribuciones por parte de aquel que aprovecha esos servicios. Pero no cabe duda que la persona a la que nos referimos, llega a esa situación producto de un estado de vulnerabilidad social máximo, reconocido por el propio Estado al concederle el plan” afirma Riccardo.


Fuente: Prensa Dip. José Riccardo
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