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Para mantener el subsidio habrá que presentar una declaración jurada

(23-11-11) La Comisión Reguladora Provincial de la Energía Eléctrica, mediante el presente Comunicado, da conocimiento a la población de las disposiciones establecidas por la Secretaria de Energía de la Nación respecto a la quita de subsidios en el ámbito del servicio de energía eléctrica:

Mediante Resolución Nº 1301/11, la Secretaría de Energía de la Nación estableció los nuevos precios estacionales de la energía eléctrica para el semestre Noviembre 2011- Abril 2012.

Asimismo determinó que a partir del 1º de diciembre los usuarios cuya actividad esté listada específicamente en el Anexo II de la normativa, esencialmente actividades de servicios financieros, bancos, mineras, y otras que se presumen de gran rentabilidad, sufrirán una quita del 100% del subsidio eléctrico, previéndose un régimen de excepción para aquellos usuarios que en esas actividades, entiendan no poder abonar los precios establecidos.

Por otro lado, las empresas Distribuidoras tendrán la obligación de comunicar e identificar discriminadamente la demanda de aquellos usuarios comerciales e industriales, en función del Codificador de Actividades establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En el caso especifico del sector residencial, el Gobierno nacional, estableció que la quita de subsidios en el precio de la energía, será aplicable a los usuarios residenciales de Puerto Madero, Barrio Parque y aquellos que residen en barrios privados y countries de todo el país.

El resto de los usuarios residenciales, independientemente de su nivel de consumo y posición económica, tendrán que manifestar si quieren o no seguir gozando del beneficio, mediante una declaración jurada que recibirán junto con la factura del servicio de energía.

También se dispuso que aquellos usuarios que entiendan inequitativo seguir gozando del mencionado beneficio, podrán acogerse a la quita voluntaria, a través de un “Registro Voluntario de renuncia a los subsidios” que podrán acceder por Internet, línea telefónica gratuita y personalmente en las oficinas comerciales de las operadoras del servicio.

Cabe aclarar, que aquellos usuarios que no renuncien a los subsidios, serán sometidos a un cruzamiento de datos con la AFIP, ANSES y otros organismos públicos a fin de determinar su real situación económica y definir si seguirán con los beneficios o deberán comenzar a pagar las tarifas plenas. Aquellos usuarios que no respondan la declaración jurada, se los considerará como renunciantes al subsidio otorgado por el Gobierno Nacional.

Todos los usuarios deberán realizar un “reempadronamiento” que implementará el Estado nacional y las Distribuidoras con el fin de actualizar los datos de cada usuario y la situación socio-económica que presenta cada lugar.

A modo de conclusión, resulta necesario destacar, que el mayor costo que deberá enfrentar el usuario por el servicio de energía eléctrica, no obedece a un aumento de tarifa del servicio de distribución, sino exclusivamente a una quita de subsidios dispuesta por el Gobierno Nacional sobre el precio de la energía eléctrica.-

C.P.N. Sandra M. Sosa
Presidente de la Comisión Reguladora Provincial de la Energía Eléctrica



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